IGE -

Definiciones. Demandas de empleo (paro registrado, altas, bajas) y colocaciones


Altas de demandantes de empleo

Se refieren a todos los movimientos de cambio de situación de alta anotados en el registro de demandantes que solicitan empleo.
Las altas de demanda pueden ser nuevas inscripciones que se inscriben por primera vez en un registro público de empleo, reactivación de una demanda ya inscrita que se encontraba en baja o por traslado de un servicio público de empleo a otro. No se incluyen como altas las reactivaciones de las demandas suspendidas temporalmente o el paso de demandante sin disponibilidad a demandante de empleo.

Bajas de demandantes de empleo

Son los cambios de situación de una demanda de empleo a baja por haber tenido el demandante una colocación, no haber hecho la renovación de la demanda en el periodo establecido o por otras causas (baja a petición del demandante, rechazo de ofertas, …)

Colocaciones

Son los puestos de trabajo cubiertos por trabajadores durante el período de referencia. Pueden ser :

  • Colocaciones gestionadas: son las realizadas durante el período de referencia mediante gestión de la oficina de empleo, tanto en el proceso de colocación como en procesos previos de preparación del trabajador para su inserción laboral
  • Colocaciones comunicadas: son las realizadas durante el período de referencia sin gestión de la oficina de empleo. Son conocidas a través de las comunicaciones de contratación realizadas por los empleadores y por presentación de contratos a registro, si estos contratos no son consecuencia de una colocación gestionada por la oficina de empleo.

Demandas de empleo registradas

Son las solicitudes de puestos de trabajo registradas en las oficinas públicas de empleo realizadas por los trabajadores en edad laboral que desean trabajar por cuenta ajena. Incluyen las de trabajadores que no tienen empreo, tanto de aquellos que no trabajaron anteriormente y buscan empleo por primera vez como las de los que tuvieron un empleo anterior, y las de trabajadores ocupados que buscan empleo para sustituir o complementar el que tienen. 

Medidas de fomento del empleo

Pretenden la contratación indefinida o temporal, o conversión de determinados contratos temporales en indefinidos, de diferentes colectivos de trabajadores mediante la concesión de ayudas económicas e incentivos fiscales y/o bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Paro registrado

Este concepto, establecido en la Orden ministerial del 11 de marzo de 1985, está constituído por el total de demandas en alta existentes a final de mes, excluyendo entre otras las que corresponden a las siguientes situaciones:

  • Pluriemprego: demandantes que solicitan otro empleo compatible con el que ejercen.
  • Mejor empleo: demandantes que, estando ocupados, solicitan un empleo para cambiarlo por el que tienen.
  • Colaboración social: demandantes perceptores de prestaciones por desempleo que participan en trabajos de colaboración social.
  • Jubilados: demandantes que son pensionistas de jubilación, pensionistas por gran invalidez o invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años.
  • Empleo coyuntural: demandantes que solicitan un empleo para un período inferior a 3 meses.
  • Jornada < 20 horas: demandantes que solicitan un trabajo con jornada inferior a 20 horas semanales.
  • Estudiantes: demandantes que están cursando estudios de enseñanza oficial reglada siempre que sean menores de 25 años o que superando esta edad sean demandantes de primer empleo o bien, demandantes asistentes a cursos de formación profesional y ocupacional, cuando sus horas lectivas superen las 20 a la semana, tengan una beca por lo menos de manutención y sean demandantes del primer empleo.
  • Demandas suspendidas: demandantes con demanda suspendida en cuanto permanezan en esta situación.
  • Compatibilidad prestaciones: demandantes beneficiarios de prestaciones por desempleo en situación de compatibilidad de empleo para realizar un trabajo a tiempo parcial.
  • Trabajadores eventuales agrícolas subsidiados.
  • Rechazo de acciones de inserción laboral: demandantes que rechacen accións de inserción laboral ajustadas as sus características según se establece en el artículo 17, apartado 2 del Real decreto legislativo 5/2000, del 4 de agosto.

La puesta en marcha del nuevo Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) en mayo de 2005 produce una ruptura de la serie de paro registrado que se venía publicando hasta el momento. La implantación de este nuevo sistema afecta a la estimación del paro registrado, no porque cambie la definición sino por la actualización y gestión automatizada de la información y porque se corrigieron los errores que se venían cometiendo con ciertos colectivos.

Prestaciones por desempleo

Son prestaciones que protegen la situación por desempleo, pueden ser de varios tipos:

  • Nivel contributivo. Prestaciones por desempleo: se refiere a aquella situación de desempleo de las personas que, queriendo y pudiendo trabajar, pierdan su trabajo de forma temporal o definitiva, o vean reducida temporalmente, por lo menos, en una tercera parte su jornada laboral, por expediente de regulación de empleo, con la correspondiente pérdida o redución análoga de salarios, por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo.
  • Nivel asistencial. Subsidio por desempleo: podrán ser beneficiarios del subsidio por desempleo los parados que, figurando inscritos como demandantes de empleo, sin tener rechazado oferta de empleo adecuada ni tenerse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y careciendo de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, se encuentren en alguna de las situaciones contempladas para dicho subsidio.
  • Renta activa de inserción: El objetivo del programa es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de los traballadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultades para encontrar empleo.

Puestos de trabajo ofrecidos

Son los puestos de trabajo ofrecidos por empresas y organismos públicos o privados registrados en las oficinas de empleo durante el período de referencia, para que la oficina gestione su cobertura con los demandantes idóneos.


 

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